¿En qué casos no aplica la devolución automática de impuestos?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que no todas las personas físicas que presentan su declaración anual pueden obtener la devolución automática.

A través de su portal de internet, el SAT explicó que existen casos o supuestos por los que las personas físicas no pueden ocupar el sistema de devolución automática, por lo que tienen que solicitar la devolución manualmente. La devolución automática no aplica en los siguientes casos:

Casos en los que no aplica la devolución automática

  • Cuando el saldo a favor es superior a 150 mil pesos.
  • Si en 2019 el contribuyente obtuvo ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o herencia.
  • En caso de que el saldo a favor no corresponda al ejercicio 2019.
  • Si se presenta la declaración con contraseña cuando se debe hacer con e.firma.
  • Cuando el contribuyente tenga revocados certificados de sellos, firmas digitales o se encuentre en la relación de contribuyentes incumplidos y condonados publicado en el portal del SAT.

Si el contribuyente no puede optar por una devolución automática, tiene que solicitar la devolución llenando el formato electrónico de devoluciones (FED).

Puedes revisar la información sobre las devoluciones que publicó el SAT aquí / Fecha de publicación: abril de 2020.

 

Extraído de la pagina web:

¿En qué casos no aplica la devolución automática de impuestos?

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